En su Dictamen de fecha 13 de noviembre de 2014 esta Academia ha considerado inconveniente que sea convertido en ley el Anteproyecto de Código Penal, sobre la base de las consideraciones siguientes:
- Se trata de un proyecto teórico, basado sobre una concepción ideológica que no se compadece con las necesidades sociales que corresponde satisfacer para preservar la seguridad jurídica y la convivencia armónica. Esta ideología parte de la premisa de que debe reducirse al máximo el poder punitivo del Estado, las penas para los delitos que se sigan castigando y, fundamentalmente, que deben regularse los medios para que la menor cantidad de delincuentes posible sea privada de su libertad ambulatoria.
- Se han suprimido delitos, o agravantes de delitos, y se han disminuido las escalas penales en múltiples casos sin una justificación razonable.
- Los mecanismos que permitirían llevar adelante la radical disminución del poder punitivo del Estado se encuentran, sobre todo, en la Parte General del proyecto. Entre ellos se destacan: la supresión del dolo eventual, lo que dejará impunes múltiples delitos de carácter económico o financiero, lavado de dinero y crimen organizado; la eliminación de los llamados delitos de peligro abstracto, lo que conducirá a la impunidad de delitos como la tenencia ilegal de armas o aún de explosivos, muchos casos de falso testimonio, de falsificación de instrumentos privados o públicos, o del delito de asociación ilícita; el crecimiento desmesurado de la posibilidad de conceder el beneficio de la suspensión del juicio a prueba (reduciendo la aplicación de penas a los autores de delitos); la concesión de poderes discrecionales a los jueces penales para reducir o, no imponer penas a quienes son probadamente culpables de un delito; la posibilidad judicial de reemplazar parcial o totalmente las penas de prisión que no excedan de tres años con medidas como detención de fin de semana, obligación de residencia, prohibición de residencia y de tránsito, prestación de trabajos a la comunidad, cumplimiento de instrucciones judiciales y multa reparatoria. En síntesis, a través de estas y otras normas, se lograría una reducción altamente significativa del poder punitivo del Estado y la mayor parte de los delincuentes, aún en caso de delitos graves, no sería privada de su libertad ambulatoria como consecuencia de la comisión de ellos.
- Hay también en el Anteproyecto, una grave incoherencia en orden al valor y consiguiente protección de la vida humana.
- De todas las formas que puede asumir la injusticia, acaso ninguna sea percibida con mayor gravedad que la falta de una justicia penal, que actúe con proporcionalidad y eficacia ante la comisión de un delito. Pero si la falta de justicia penal llegara a ser organizada y promovida por el mismo Estado, que es expresión jurídica y política de la comunidad, la vida social se verá gravemente afectada.
Tales razones, entre otras, determinarán el rechazo de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires al Anteproyecto del Código Penal.
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014
Roberto E. Luqui Gregorio Badeni
Académico Secretario Académico Presidente